



Esta modalidad, regulada en la Sección 4ª del Capítulo VII del Título II, del Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012, aprobado mediante el Decreto 395/2008 de 24 de junio, y en la Orden de 10 de noviembre de 2008 de desarrollo y tramitación de las actuaciones en materia de vivienda y suelo del Plan Concertado 2008-2012, facilita la financiación para realizar actuaciones de rehabilitación en viviendas de aquellas personas discapacitadas o con movilidad reducida.